El Gobierno nacional simplificó este miércoles los procedimientos que deben cumplir pilotos y aerolíneas para operar vuelos dentro del país y hacia el exterior. Según la Resolución 567/2025 publicada en el Boletín Oficial, ya no será necesaria la autorización previa: bastará con notificar la operación a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) mediante correo electrónico.
La medida, denominada “Procedimiento de Información de Operación de Vuelos Regulares, No Regulares y Especiales, con punto de inicio, final o intermedio en aeródromos de la Argentina”, busca desregular el sector aerocomercial y reducir la burocracia. En vuelos nacionales, la notificación permitirá operar entre destinos locales sin esperar aprobación. Para vuelos internacionales, la operación se considera habilitada automáticamente si la ANAC no responde dentro de los cinco días posteriores al envío del correo.
La resolución alcanza a vuelos regulares, no regulares y especiales, y obliga a los operadores, locales y extranjeros, a informar sobre sus operaciones. Los vuelos regulares nacionales deberán notificarse por trimestre con hasta 30 días de anticipación, mientras que los internacionales se reportarán con 60 días previos a la temporada. Las operaciones especiales y no regulares deberán notificarse al menos 48 horas antes.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó la medida como un avance en la desburocratización del sector. Según señaló, la resolución implica “menos trámites, menores costos y mayor libertad para las aerolíneas”, alineándose con la política de desregulación impulsada por el presidente Javier Milei.
Entre otros cambios, la normativa habilita el uso de tripulaciones y aeronaves extranjeras en vuelos de cabotaje, reglamenta la remoción de aeronaves, establece un nuevo régimen de infracciones de aviación civil y amplía la edad máxima permitida para pilotos.



